Uno de los mayores miedos de quien empieza como autónomo es no saber qué impuestos tiene que pagar, cuándo ni cómo. Esta guía te da el mapa completo: desde el alta en Hacienda hasta el calendario fiscal del primer año, explicado sin tecnicismos y con ejemplos concretos.

Sección 1: El punto de partida – Modelos 036 y 037

Antes de emitir tu primera factura, la ley exige que comuniques a la Agencia Tributaria (AEAT) que vas a desarrollar una actividad económica. Este trámite se llama declaración censal y es el primer acto fiscal de cualquier autónomo en España.

¿Qué es la declaración censal?

La declaración censal es el documento con el que te inscribes en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores de Hacienda. A partir de ese momento, la AEAT te reconoce como contribuyente con obligaciones periódicas de declaración de impuestos. Sin este alta previa, cualquier factura que emitas es técnicamente irregular.

Modelo 037

Alta censal simplificada

La opción más habitual para la mayoría de autónomos. Más sencillo que el 036, permite declarar el alta, las actividades y los regímenes de IVA e IRPF de forma rápida. Disponible online con certificado digital o Cl@ve.

Modelo 036

Alta censal completa

Obligatorio si operas en la UE (operaciones intracomunitarias), tienes empleados, gestionas varios locales o necesitas epígrafes múltiples del IAE. Más campos, más opciones, mismo objetivo.

¿Qué información debes indicar al darte de alta?

  • Epígrafe del IAE que describe tu actividad (ej. 763 – Programadores, 722 – Servicios de publicidad).
  • Régimen de IVA que aplicarás (régimen general en la mayoría de casos).
  • Modalidad de IRPF: estimación directa simplificada o normal (la simplificada es la más usada).
  • Domicilio fiscal donde ejercerás la actividad.
  • Fecha de inicio de la actividad, que debe ser igual o anterior al día en que emitas la primera factura.
El error que más cuesta: presentar el alta después de facturar

El alta en Hacienda debe hacerse antes del primer día de actividad. Si presentas facturas sin estar dado de alta en el Censo, Hacienda puede considerar que llevabas tiempo ejerciendo sin declarar y sancionar la diferencia. La multa mínima por presentación fuera de plazo es de 200 €.

El alta en Hacienda no es el alta en la Seguridad Social

Son dos trámites distintos ante organismos distintos. El Modelo 037/036 te da de alta en la AEAT (Hacienda). El formulario TA.0521 o el trámite en Import@ss te da de alta en el RETA (Seguridad Social). Ambos son obligatorios y deben hacerse antes de empezar a trabajar.


Sección 2: Tus obligaciones trimestrales

Una vez dado de alta, cada trimestre tendrás que presentar declaraciones ante Hacienda. Son el mecanismo que usa el Estado para que los impuestos lleguen de forma escalonada durante el año, en lugar de en un único pago anual. Estos son los tres pilares:

Impuesto Modelo Qué pagas ¿Siempre?
IVA 303 IVA repercutido a clientes menos IVA soportado en gastos. Pagas o recibes la diferencia. Sí, salvo excepciones (exentos de IVA, módulos…)
IRPF 130 El 20 % de tu rendimiento neto (ingresos − gastos) del trimestre, a cuenta de tu Renta anual. Sí, salvo que más del 70 % de tus facturas lleven retención.
Retenciones 111 / 115 El importe de IRPF retenido a tus trabajadores (111) o al arrendador de tu local (115), que ingresas en Hacienda en su nombre. Solo si tienes empleados o alquilas un local con retención.

¿Qué es ser un "recaudador" de IVA?

Cuando emites una factura con IVA, el importe del impuesto no es tuyo: lo cobras en nombre del Estado. Lo que pagas (IVA repercutido) se compensa con el IVA que tú has pagado en tus compras y gastos (IVA soportado). Si cobraste más de lo que pagaste, ingresas la diferencia; si pagaste más, Hacienda te la devuelve (o la compensa en el siguiente trimestre).

¿Cuándo no presento el Modelo 130?

Puedes quedar exonerado del Modelo 130 si más del 70 % de tus ingresos ya llevan retención de IRPF (es decir, si tus clientes te aplican la retención en sus facturas). En ese caso, el anticipo de IRPF ya se está ingresando trimestralmente de otra forma. Si tienes dudas, consulta a tu asesor antes de dejar de presentarlo.

Las retenciones en tus facturas: ¿qué porcentaje aplico?

Si trabajas como profesional para empresas o autónomos, es habitual que tus facturas incluyan una retención de IRPF. El porcentaje general es el 15 %, que tu cliente retiene y paga a Hacienda en tu nombre. En el primer año de actividad y los dos siguientes, puedes aplicar un tipo reducido del 7 % si tu facturación del año anterior fue inferior a determinado límite.

Las facturas a particulares no llevan retención

La retención de IRPF solo se aplica cuando tu cliente es una empresa, autónomo u otra entidad que también tenga obligaciones fiscales. Si facturas a un particular (consumidor final), no incluyas retención en la factura.


Sección 3: Calendario del autónomo – Fechas clave

Los plazos de presentación de impuestos son siempre los mismos y no tienen excepciones salvo festivos nacionales. Memoriza este ciclo o guárdalo como referencia: presentar fuera de plazo genera recargos automáticos aunque sea un día tarde.

Plazos de presentación de impuestos trimestrales
1–20
Enero
4.º trimestre del año anterior

Presentas el Modelo 303 (IVA), el Modelo 130 (IRPF fraccionado) y, si aplica, los modelos 111 y 115 por las retenciones del último trimestre. Es el plazo más crítico del año.

1–20
Abril
1.er trimestre (enero-marzo)

Primera declaración trimestral del nuevo ejercicio. IVA (303), pago fraccionado de IRPF (130) y retenciones (111/115) del primer trimestre.

1–20
Julio
2.º trimestre (abril-junio)

Mismos modelos que en abril, pero con los datos del segundo trimestre del año. La campaña de la Renta coincide con este periodo, lo que genera más trabajo fiscal.

1–20
Octubre
3.er trimestre (julio-septiembre)

El tercer pago trimestral. Si los resultados del año están siendo buenos, este pago suele ser más alto.

Hasta 30
Enero
Resumen anual de IVA (Modelo 390)

Declaración informativa anual que resume todas las operaciones de IVA del año. No implica ingreso, pero es obligatoria y debe concordar con los cuatro 303 presentados.

¿Qué pasa si presento un día tarde?

Hacienda aplica recargos automáticos sin necesidad de requerimiento previo: 1 % por cada mes completo de retraso hasta 12 meses, y a partir del mes 13 un recargo del 15 % más intereses de demora. Si además hay cuota a ingresar, la sanción puede ser mayor. La puntualidad en los plazos es una de las disciplinas más importantes de cualquier autónomo.

Domicilia el pago y olvídate de los plazos

Si presentas los modelos con domiciliación bancaria, Hacienda cargará el importe automáticamente en tu cuenta el último día del plazo. Esto te da más tiempo para preparar la declaración (puedes presentarla hasta 5 días antes del fin del plazo) y elimina el riesgo de olvidarte del ingreso.


Sección 4: Libros de registro obligatorios

Además de presentar los impuestos trimestralmente, los autónomos en estimación directa están obligados a llevar y conservar una serie de libros de registro. No son solo un trámite burocrático: son la base documental que justifica tus declaraciones ante una posible inspección de Hacienda.

¿Qué libros debes llevar?

  • Libro registro de facturas emitidas: Todas las facturas que emites a tus clientes, con fecha, número, datos del destinatario, base imponible, IVA y total. Es la base del IVA repercutido en tu Modelo 303.
  • Libro registro de facturas recibidas: Todas las facturas de tus gastos y compras profesionales, con los mismos datos que las emitidas. Es la base del IVA soportado que te deduce en el Modelo 303.
  • Libro registro de bienes de inversión: Obligatorio si has comprado activos cuyo valor supera los 3.005,06 € (ordenadores, maquinaria, vehículos…) y que se amortizan a lo largo de varios años en lugar de deducirse íntegramente en el ejercicio de compra.
  • Libro de provisiones de fondos y suplidos (si aplica): Para profesionales que anticipan cantidades en nombre de sus clientes (abogados, procuradores, etc.).
¿Cuánto tiempo debes conservar las facturas?

La normativa general obliga a conservar las facturas durante 4 años (el plazo de prescripción de Hacienda). Sin embargo, si los documentos acreditan la adquisición de un bien de inversión amortizable, el plazo puede extenderse hasta 6 o 10 años. Guárdalos en soporte digital con garantías de integridad (PDF firmado o software de facturación homologado).

¿En qué formato deben llevarse?

Hacienda no exige un formato concreto: puedes usar hojas de cálculo, software de facturación o un programa de contabilidad. Lo importante es que los datos sean correctos, completos y estén disponibles si hay una comprobación. Desde 2026, el sistema Verifactu irá obligando progresivamente a los autónomos a usar software de facturación homologado que reporte en tiempo real a Hacienda.

Tu checklist fiscal del primer trimestre

Alta en Hacienda

Modelo 037 presentado antes del primer día de actividad. Epígrafe, régimen de IVA e IRPF elegidos.

Primera factura correcta

Con número correlativo, datos fiscales completos, IVA al 21 % y, si aplica, retención del 15 % (o 7 % el primer año).

Primer 303 y 130

Del 1 al 20 del mes siguiente al cierre del trimestre. Presentación online en la sede electrónica de la AEAT.